Desde el año 2008 la Seguridad Social viene reconociendo la pensión de viudedad (con los condicionantes de ingresos que no existen en caso de matrimonio) al sobreviviente de la pareja de hecho, siempre que se acreditase, entre otros requisitos, la inscripción de la pareja de hecho en alguno de los registros específicos existentes en las Comunidades Autónomas (CCAA) o Ayuntamientos del lugar de residencia o la formalización de documento público (Escritura ante Notario) en el que conste la constitución de dicha pareja, en ambos casos, con una antelación mínima de 2 años con respecto a la fecha del fallecimiento del causante.

ACEPTACIÓN DE HERENCIA E IMPUESTOS

Cuando fallece un familiar y nos disponemos a preparar la escritura de aceptación de herencia, la primera duda que nos asalta es ¿cuántos impuestos vamos a pagar por heredar? Y en una primera reacción, lo que se suele hacer es valorar los bienes inmuebles que se heredan por el menor valor posible. A menor valor, menos impuestos. Y ahí no nos vamos a equivocar.

  • Pero ¿estamos haciendo lo más conveniente para nuestros intereses?

Para responder a esa pregunta no deberemos actuar tan rápido, pensando solo en el corto plazo.

Una situación que nos encontramos muy a menudo en el despacho es aquella en la que los herederos, una vez han aceptado la herencia, lo que hacen es vender el bien o bienes heredados.

En este caso, como consecuencia de esa venta tendremos que pagar en nuestra declaración de Renta por la diferencia entre el valor de adquisición (el valor que le dimos en la aceptación de herencia) y el valor de venta.

  • ¿Qué pasa? Pues que como le dimos un valor muy bajo, para pagar menos en el Impuesto sobre Sucesiones, vamos a tener que pagar más en nuestra declaración de Renta.

Por lo tanto, vale la pena dedicarle un poco de tiempo a ese tipo de operaciones, conociendo la fiscalidad de las distintas opciones, para poder tomar la decisión correcta. Y aunque tengamos que pagar impuestos, que sean los mínimos posibles.

Contacta con nosotros aquí o bien llámanos 93 414 64 24

José Antonio Bernáldez Abogado fiscalista en Bernádez Asociados

Bernáldez & Asociados

Bernáldez & Asociados es una empresa de servicios profesionales con despacho en Barcelona y Madrid 

2024
Servicios legales y fiscales
No te lo pienses

Barcelona y Madrid