Cambio de domicilio real

Bernáldez & Asociados es una empresa de servicios profesionales con despacho en Barcelona y Madrid, especializada en la prestación de servicios legales, fiscales y en la implementación de la gestión empresarial en despachos profesionales y pymes.

En una publicación anterior les hablábamos de la tentación que es irse a vivir a Málaga https://bernaldez.com/malaga-una-tentacion-fiscal/. A quien le guste el modernismo, el mar y una buena oferta cultural no dudará en elegir Barcelona y de Madrid ya se sabe: de Madrid al cielo. Y en este mundo tan globalizado en el que vivimos no tenemos porqué limitarnos a quedarnos en España. Bastará que nos guste, nos dejen y podamos afrontar los costes del nuevo destino.

Eso sí, como casi siempre, no nos olvidemos de Hacienda, porque para la Administración no todos los cambios de domicilio son vistos con buenos ojos. Y ya se va a preocupar ella de que paguemos donde nos corresponda.

Para que no haya duda la Ley establece cuál es el domicilio fiscal de los que residimos en España que varía para los distintos impuestos (IRPF, Sucesiones, Patrimonio).

El número de días vividos en dicha comunidad, la ubicación de la vivienda habitual, la situación del centro principal de los intereses, es decir, el territorio donde obtengan la mayor parte de los ingresos y la residencia del cónyuge no separado y los hijos menores de edad que dependan de ellas son criterios que van a permitir a la Administración determinar la residencia fiscal del contribuyente y, en consecuencia, el lugar en el que deban tributar.

Además, para despejar dudas, la propia Ley establece que “no producirán efecto los cambios de residencia que tengan por objeto principal lograr una menor tributación efectiva en los tributos total o parcialmente cedidos”.

Y esos mismos criterios nos van a servir para determinar si el traslado de nuestra residencia a terceros países, va a ser efectiva.

Y más vale hacerlo bien y si no que se lo pregunten a Shakira, Arantxa Sánchez Vicario o a la difunta Montserrat Caballé por sus dudosos domicilios en el extranjero. O a la familia Botín, cuando pretendía liquidar el Impuesto sobre Sucesiones en Madrid y no en Cantabria.

Como decíamos al principio, Hacienda, siempre pendiente de nosotros, va a procurar que paguemos donde debamos y no donde quisiéramos, salvo que lo hagamos bien, como parece que lo está haciendo nuestro emérito. Que al final va a ser lo único que ha hecho bien con Hacienda. Eso sí que ha sido un cambio “real” de residencia.