Nuevas medidas aprobadas el 31 de marzo

En relación a la crisis sanitaria del COVID 19

Bernáldez & Asociados es una empresa de servicios profesionales con despacho en Barcelona y Madrid, especializada en la prestación de servicios legales, fiscales y en la implementación de la gestión empresarial en despachos profesionales y pymes.

El Consejo de Ministros ha aprobado una serie de medidas en relación a la situación derivada del estado de alarma.

Sin que hayan sido publicadas en el BOE, les podemos adelantar el contenido de las mismas:

  • Posibilidad de rescatar el plan de pensiones

Para aquellos afectados por un ERTE o por el cese de su actividad se abre la posibilidad de que puedan rescatar su plan de pensiones. En este caso, hay que recordar que dicho rescate tributa en el IRPF como rendimiento del trabajo, por lo que aconsejamos una correcta planificación de dicha opción.

Esta opción va a contemplar a los titulares de planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresariales y mutualidades de previsión.

  • Moratoria en préstamos y créditos al consumo

En las mismas condiciones que se aprobó la moratoria de las hipotecas, se aprueba ahora una moratoria de tres meses en dichos préstamos, desde la solicitud de la misma al acreedor.

  • Moratoria de hipotecas en vivienda, locales y oficinas

La Moratoria de las hipotecas se amplía tres meses, se simplifica su tramitación y quedan incluidos los locales y oficinas adquiridas por trabajadores autónomos.

  • El pago de alquileres, por personas afectadas por la crisis.

Se establece la posibilidad de solicitar microcréditos públicos a interés cero, que podrán devolverse en un plazo de seis años ampliable a diez, en caso de dificultades económicas.

En el caso de propietarios con más de diez viviendas en alquiler, deberá elegir entre conceder una moratoria de cuatro meses del pago en el alquiler, a devolver en tres años, o rebajar el 50% del alquiler al inquilino durante 4 meses.

  • Moratoria en las cuotas de la seguridad social

Se ha probado una moratoria de seis meses sin intereses para el pago de las cotizaciones a la seguridad social de autónomos y Pymes.

  • Subsidio para trabajadores temporales y empleadas del hogar

Se establecen sendos subsidios para trabajadores temporales cuyo contrato haya vencido y no tengan el período de cotización suficiente para acceder al desempleo, así como para las empleadas del hogar que se hayan quedado sin trabajo o hayan visto reducida su jornada.

 

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