Repaso a la Declaración de Renta

Bernáldez & Asociados es una empresa de servicios profesionales con despacho en Barcelona y Madrid, especializada en la prestación de servicios legales, fiscales y en la implementación de la gestión empresarial en despachos profesionales y pymes.

Acabada la campaña de Renta, creemos interesante comentar situaciones con las que nos encontramos a menudo y que vale la pena tener en cuenta.

El rescate de los planes de pensiones es, muchas veces, un motivo de disgusto. Aquellas aportaciones que han reducido nuestra base imponible durante algunos años son, a la hora de rescatarlos, un ingreso que debemos declarar como un rendimiento del trabajo. Y, depende de cómo se haga dicho rescate, las consecuencias fiscales pueden ser muy diferentes. Por lo tanto, si vas a rescatar tu plan de pensiones durante este 2024, pregúntanos la mejor manera de hacerlo. Podrás ahorrarte mucho dinero.

Un cambio de trabajo a mitad de año siempre tiene sorpresas fiscales. Normalmente, la retención que te hace el segundo pagador no se corresponde con la que debiera hacer teniendo en cuenta el bruto anual acumulado. Por lo tanto, si este es tu caso, revisa la retención que te practiquen.

Teniendo en cuenta la progresividad del impuesto (se paga más mientras más se cobra) debes saber que si acumulas distintos rendimientos que tributen en la base general (trabajo, alquileres, actividad profesional…) y aunque te hagan retenciones, esta no se va a corresponder nunca con la que termines pagando, por lo que, generalmente, tu Renta será a ingresar.

Es muy habitual que las retenciones que las empresas imputan a Hacienda no coincida con las que el profesional ha soportado durante el año. Esa diferencia puede provocar una comprobación por los órganos de Gestión de la AEAT y raro es que no salgan mas cosas. Por lo tanto, el mes de febrero de cada año es el mes para realizar dicha comprobación y evitar sustos en la declaración.

¿Has oído hablar de la compensación de pérdidas? Siempre que vendemos algo (inmuebles, acciones, fondos, etc.) vamos a intentar hacerlo ganando dinero. Pero no siempre es así. En el caso de que se generen pérdidas por la venta del algún elemento de nuestro patrimonio tendremos cuatro años para compensarlas. Pasado ese tiempo, las “perderemos”. Por lo tanto, puede ser interesante vender algún bien “provocando” una ganancia para aprovecharnos fiscalmente de aquella pérdida.

Ya hemos comentado en ocasiones anteriores sobre este asunto, pero volvemos a insistir. Haciendo las Rentas nos preguntamos muchas veces quién asesora al cliente en relación a productos de ahorro o inversión. Saldos en cuentas sin ninguna rentabilidad, aportaciones a planes de pensiones de clientes que no lo necesitan o, directamente, no se pueden aprovechar de su deducción fiscal, inversiones en productos con un riesgo poco acorde con el perfil del inversor… La inversión muchas veces parece hecha más en interés de la entidad financiera que del cliente.

El trabajador autónomo tiene pocas posibilidades de reducir su fiscalidad y, una práctica habitual es la de incluir entre los gastos declarados conceptos que no son deducibles (coche, comidas, teléfono, etc.), pero este año, en el que las aportaciones a planes de pensiones de empleo volvía a ser una posibilidad interesante, hemos comprobado que no ha sido utilizado debidamente.

Los trabajadores por cuenta ajena que, por motivos laborales, se desplazan al extranjero tienen una oportunidad de rebajar sensiblemente su carga fiscal. El conocido artículo 7 p de la Ley del IRPF permite a ese trabajador no declarar los ingresos que proporcionalmente haya recibido mientras estaba en el extranjero. Si viajas fuera por motivos laborales, pregúntanos por esa opción que no es muy utilizada.

Seguiremos con el análisis de la Renta, pero por hoy ya tenemos bastante. Eso si, no te olvides que la renta que presentaremos el año que viene, la estamos preparando ya y no conviene perder opciones.